El pasaje gratis en bus de las personas mayores es un derecho, no un favor. Pero es un tema del que tenemos que hablar

Sep 26, 2026 | Opinión, Recientes, slider opinion | 0 Comentarios

Autor: Costa Rica Mayor

El Gobierno admite que el subsidio cruzado ya no da más, pero plantea focalizarlo o trasladarlo a las municipalidades. Un derecho reconocido por ley no puede administrarse como si fuera una ayuda condicionada.

Eduardo Méndez Vásquez — Abogado. Máster en Gerencia Social. Especialista en envejecimiento y vejez. Director de www.costaricamayor.com 

Hace un año planteé en Delfino.cr que el subsidio cruzado con el que se financia el pasaje de las personas adultas mayores había tocado techo, y que lo responsable era avanzar hacia un subsidio directo, universal y auditable, a cargo del Estado. Esta semana trascendió que el Gobierno también revisa el tema, aunque a mi juicio parte de una premisa equivocada.

De acuerdo con el acta de la sesión del 25 de agosto de la junta directiva del Consejo de Transporte Público (CTP), cuyo contenido dieron a conocer La Nación y Teletica el pasado 23 de setiembre, el representante de los autobuseros expuso que en 2025 los pasajes no cobrados a personas mayores sumaron ¢14.000 millones. La viceministra de Transportes, Sofía Fallas, indicó que el asunto ya se analiza con la Aresep, que se gestionan estudios técnicos con apoyo de la cooperación internacional y que los gobiernos locales podrían aportar financiamiento. Añadió, además, una afirmación que merece atención: «No todos los adultos mayores requieren subsidio».

¿Qué dicen realmente los datos?

Antes de entrar en el fondo, vale la pena distinguir entre datos y énfasis. La cifra de ¢14.000 millones proviene del sector empresarial, que no precisó a cuántos viajes o personas corresponde. Los registros de la Aresep indican que en 2025 los buses movilizaron 349,2 millones de pasajeros, de los cuales 33,9 millones fueron viajes de personas adultas mayores, cerca de uno de cada diez. Esa proporción rondaba el 7 % u 8 % antes de la pandemia y desde 2024 se ubica entre el 9 % y el 9,5 %.

Ese aumento era previsible, pues responde a una transición demográfica que el país conoce desde hace décadas. Llama la atención, más bien, que el sistema de transporte siga cubriendo esa realidad con un mecanismo diseñado para otra estructura poblacional, como lo es el recargo que asumen los demás pasajeros y que, según la propia Aresep, encarece alrededor de un 10 % la tarifa en las rutas urbanas.

Por otra parte, el intendente de Transportes de la Aresep, Paolo Varela, señaló que la institución no ha identificado la exoneración como causa del abandono de rutas. Más del 90 % de esos casos se concentra en zonas rurales y obedece a factores como el transporte ilegal, el mal estado de las vías o el rezago tarifario. Varela advirtió, además, que las personas mayores figuran entre las más perjudicadas cuando una ruta deja de operar, pues pasan de viajar exoneradas a costear por completo cualquier alternativa. Así las cosas, las personas mayores no provocaron la crisis del transporte público, pero sí están entre quienes más la sufren.

¿Por qué «no todos lo requieren» es la respuesta equivocada?

A primera vista, la frase parece razonable, ya que no tendría sentido subsidiar a quien puede pagar. Sin embargo, descansa sobre una confusión de fondo entre un derecho y una ayuda social.

La exoneración del pasaje no se concede por pobreza. Su régimen concreto está en el artículo 33 de la Ley 3503, reformado por la Ley 7936, que dispone que las personas mayores de 65 años viajan sin costo en trayectos de hasta 25 kilómetros, pagan la mitad del pasaje en recorridos de entre 25 y 50 kilómetros y el 75 % en los que superan esa distancia. La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aprobada por Costa Rica mediante la Ley 9394, le da respaldo, pues en su artículo 26 reconoce el derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal y contempla, entre las medidas para garantizarlo, el acceso a tarifas preferenciales o gratuitas en el transporte público. El beneficio se otorga por edad porque atiende una realidad colectiva, en la que la movilidad condiciona el acceso a la salud, al trabajo, a la participación y a la vida comunitaria, y no una situación individual de carencia.

Por lo demás, focalizar ese derecho acarrea costos que casi nunca se mencionan. Habría que verificar ingresos, levantar padrones, emitir certificaciones y fiscalizar cada viaje, lo que supone crear trámites para retirar un beneficio. La experiencia con programas selectivos muestra que siempre quedan por fuera personas que califican y no logran demostrarlo, como quienes viven en zonas alejadas, quienes no tienen acceso digital o quienes sienten vergüenza de declararse pobres ante un chofer. A ello se suma que la línea de pobreza deja por fuera a miles de personas mayores que la superan por muy poco y cuyas pensiones se consumen en medicamentos, alquiler y alimentación.

Más preocupante aún resulta que ese planteamiento traslada la carga de la prueba. En lugar de exigirle al Estado que explique cómo financiará una obligación que ya asumió, se le exige a la persona mayor que demuestre que merece moverse.

¿Y las municipalidades?

En cuanto a la idea de trasladar el costo a los gobiernos locales, el riesgo salta a la vista, porque un derecho nacional terminaría dependiendo del cantón en que se viva. Los cantones con más recursos tal vez podrían asumirlo, mientras que los rurales, donde las rutas se abandonan y el bus suele ser el único medio para desplazarse, difícilmente estarían en capacidad de hacerlo. Se abriría así una brecha territorial en el ejercicio de un derecho de las personas mayores.

Las municipalidades cumplen un papel valioso en la construcción de comunidades amigables con las personas mayores. Ahora bien, no deberían convertirse en el destino de los costos que el Gobierno central prefiere no asumir.

¿Cuál es, entonces, la pregunta correcta?

El debate de fondo gira en torno a quién debe pagar el beneficio, y no a quién se le debe retirar. Mi respuesta sigue siendo la que planteé hace un año, coincidente con la del propio sector autobusero, a saber, un subsidio directo, financiado por el Estado, universal por edad y auditable. Las herramientas para lograrlo ya existen. El SINPE-TP y la Tarjeta Ciudadano de Oro permiten registrar cada viaje validado y pagarlo al operador con plena trazabilidad. De esa forma se elimina el recargo a los demás usuarios y se da certeza a las empresas, en particular a las pequeñas y rurales. Las personas mayores, por su parte, dejarían de estar en medio de una disputa tarifaria que no les corresponde.

Cualquier modificación, por cierto, tendría que discutirse en la Asamblea Legislativa, con participación del Conapam como ente rector y de las propias personas mayores y sus organizaciones. Un beneficio establecido por ley no puede variarse en una sesión de junta directiva, ni debería discutirse en un espacio que la ciudadanía conoce casi un mes después y por medio de un acta. Toda reforma, además, está obligada a respetar el principio de progresividad y no regresividad de los derechos humanos.

Lo que está en juego

Detrás de estas cifras hay personas que toman el bus para ir a trabajar, asistir a una cita en el EBAIS, estudiar, participar en su asociación de desarrollo, visitar a sus amistades, votar o simplemente salir de la casa. Quitarles el pasaje, en todo o en parte, equivaldría a condenarlas al encierro.

Le asiste razón al Gobierno cuando reconoce que el modelo actual está agotado. Con todo, la salida no puede consistir en que lo paguen las personas mayores. Un país que envejece no debería resolver el costo del envejecimiento empequeñeciendo la vida de quienes envejecen.

¿Discutiremos cómo financiar un derecho, o seguiremos debatiendo si las personas mayores lo merecen?

Fuentes

Recio, Patricia. «¿Cuántos adultos mayores usan exoneración en pasajes de bus? MOPT analiza cambios en subsidio». La Nación, 23 de setiembre de 2026. https://www.nacion.com/el-pais/mopt-estudia-cambios-en-subsidio-de-buses-para-los/VTFDOOKTYJCXBHMKS4X3HQ3CCU/story/

Martínez, Valeria. «Beneficio para que algunos adultos mayores viajen gratis en bus está bajo análisis». Teletica, 23 de setiembre de 2026. https://www.teletica.com/nacional/beneficio-para-que-algunos-adultos-mayores-viajen-gratis-en-bus-esta-bajo-analisis_417868

Rodríguez, Bernal. «Adulto mayor: del subsidio cruzado al directo». La República, setiembre de 2025. https://www.larepublica.net/noticia/adulto-mayor-del-subsidio-cruzado-al-directo

Méndez Vásquez, Eduardo. «Del subsidio cruzado al subsidio directo: un llamado a garantizar el derecho al transporte de las personas adultas mayores». Delfino.cr, 8 de setiembre de 2025. https://delfino.cr/2025/09/del-subsidio-cruzado-al-subsidio-directo-un-llamado-a-garantizar-el-derecho-al-transporte-de-las-personas-adultas-mayores

Ley N.º 3503, Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores, artículo 33, reformado por la Ley N.º 7936. Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ).

Ley N.º 9394, aprobación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, artículo 26. Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ).

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