Alquilar en la vejez: ¿puede una pensión sostener una vivienda?

Oct 26, 2026 | Contexto, Recientes, Super cuidadores | 0 Comentarios

Autor: Costa Rica Mayor

CONTEXTO · VIVIENDA Y PENSIONES . Por:  Eduardo Méndez.  Director de www.costaricamayor.com 

Los alquileres subieron 3,27 % en el último año, casi diez veces la inflación. La pensión mínima del IVM creció 1,63 % y la del Régimen No Contributivo no se ajusta desde hace años. Hicimos la cuenta con datos de 2026.

El alquiler de vivienda aumentó 3,27 % en los doce meses que terminaron en setiembre de 2026, mientras el Índice de Precios al Consumidor apenas subió 0,34 %, según datos del INEC divulgados este mes. En setiembre, el alquiler fue uno de los cinco rubros que más empujaron el índice hacia arriba. El Centro de Estudios del Negocio Financiero e Inmobiliario (Cenfi) proyecta que el año cerrará con un alza de 3,54 % en los precios de alquiler.

Para la mayoría de los hogares, esa brecha es una molestia. Para una persona mayor que alquila y vive de una pensión fija, puede ser la diferencia entre conservar su casa o perderla.

Cuatro cifras que no conversan entre sí

Mientras los alquileres crecían 3,27 %, la pensión mínima del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) pasó en 2026 de ₡159.692 a ₡162.295, un reajuste de 1,63 % que significa ₡2.603 más al mes. La pensión básica del Régimen No Contributivo (RNC), cercana a ₡82.000, no ha tenido ajuste en varios años. La propia Gerencia de Pensiones de la CCSS reconoció en marzo, en respuesta a una consulta ciudadana, que no ha realizado estudios recientes sobre la pérdida de poder adquisitivo de ese monto y que ha priorizado ampliar la cobertura antes que mejorar la suma.

La inflación general baja suele presentarse como alivio. Pero el promedio esconde que el rubro que más pesa sobre quien no tiene casa propia es justamente el que más sube.

La cuenta de una pensión mínima

Tomemos a una persona que vive sola. Según el INEC, la Canasta Básica Alimentaria costó ₡55.152 por persona en setiembre de 2026, levemente menos que un año antes. Esa canasta es el umbral de la pobreza extrema: cubre lo mínimo para alimentarse, no una dieta adecuada a necesidades de salud específicas.

Con la pensión mínima del IVM, la comida básica consume el 34 % del ingreso y deja ₡107.143. Con la pensión del RNC consume el 67 % y deja ₡26.848 para todo lo demás: vivienda, electricidad, agua, teléfono, higiene, ropa y cualquier imprevisto.

El estándar internacional de asequibilidad considera que un hogar no debería destinar más del 30 % de su ingreso a vivienda. Aplicado a estas pensiones, el techo sería de unos ₡48.700 mensuales para la mínima del IVM y de ₡24.600 para el RNC. Ninguna de las dos sumas alcanza para alquilar una vivienda independiente en el mercado formal del Valle Central.

Como referencia, un hogar de ingreso medio, de ₡522.562 mensuales, que destine el 35 % de su ingreso al alquiler pagaría ₡182.897. Ese monto supera en 13 % la pensión mínima completa del IVM. Y un aumento de 3,27 % sobre esa renta equivale a casi ₡6.000 mensuales adicionales, más del doble del reajuste que recibió la pensión mínima este año.

Transporte y medicinas: gastos que hoy parecen resueltos

Dos rubros explican por qué muchas personas mayores todavía logran cerrar el mes: el pasaje y los medicamentos. Ambos son hoy más frágiles de lo que parecen.

La ley exonera del pasaje de autobús a las personas mayores en recorridos de hasta 25 kilómetros y les aplica descuentos en trayectos más largos. En 2025, ese beneficio cubrió 33,9 millones de viajes, con un costo de ₡14.000 millones. En setiembre, el MOPT anunció que analiza la sostenibilidad de esa exoneración. La viceministra Sofía Fallas sostuvo que no todas las personas mayores requieren el subsidio. Para quien alquila con una pensión mínima, perder la exoneración sería pagar dos veces la crisis de vivienda: en la renta y en el traslado a la clínica, al mercado o a la familia.

Con los medicamentos ocurre algo parecido. Las personas pensionadas del IVM y del RNC tienen cobertura del Seguro de Salud, y su tratamiento no debería costarles. Pero en noviembre de 2025 la Auditoría Interna de la CCSS encontró desabastecimiento en 16 de las 26 farmacias que visitó, con faltantes de fármacos de uso crónico como metformina, insulina y rosuvastatina. Cada receta que no se despacha en la Caja se convierte en gasto de bolsillo en una farmacia privada, y ese gasto sale del mismo saldo que debía cubrir el alquiler.

Lo que la ley protege y lo que no

La Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos ofrece una protección importante a quien ya tiene contrato. En los alquileres pactados en colones, el aumento anual no puede superar la inflación acumulada de los doce meses previos. Con la inflación de setiembre, el aumento máximo legal para un contrato vigente que cumple aniversario ahora es de 0,34 %. Los contratos en dólares, en cambio, mantienen el monto pactado durante todo su plazo.

El 3,27 % se aplica a quien busca vivienda nueva o renueva un contrato vencido. El propio Cenfi aclaró que su proyección no corresponde al reajuste de los contratos vigentes. Esa distinción importa en la vejez, porque las mudanzas en esta etapa rara vez se eligen: llegan por la venta del inmueble, por la muerte de la pareja, por una vivienda que ya no se adapta a la movilidad o por el fin de un contrato. Ese es justamente el momento en que la persona enfrenta el precio de mercado completo.

Edadismo en la puerta

A la barrera del precio se suma otra que no aparece en ningún índice. Según fuentes consultadas por Costa Rica Mayor, muchas personas adultas mayores se quejan de que, cuando buscan casa de alquiler, no se la alquilan por su edad. Les piden fiadores que ya no tienen, les preguntan quién responderá si enferman o simplemente dejan de contestarles cuando mencionan que son pensionadas.

Ese rechazo tiene nombre: edadismo. Supone que una persona mayor es una inquilina riesgosa, cuando con frecuencia tiene un ingreso más estable que muchos trabajadores informales. La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores prohíbe la discriminación por edad. Pero en el mercado de alquiler, donde la decisión ocurre en una llamada o en un mensaje sin respuesta, esa discriminación rara vez se denuncia y casi nunca se prueba. El resultado es que la persona mayor no solo paga más cuando se muda: también tiene menos opciones entre las cuales elegir.

¿Quién alquila en la vejez?

Costa Rica tenía en 2025 unas 361.800 viviendas alquiladas, el 19,3 % de las viviendas ocupadas, según el estudio de tenencia del Cenfi con datos de la Encuesta Nacional de Hogares. El informe del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos y la Universidad de Costa Rica sobre el sector vivienda reporta que, en 2024, el 14,4 % de las viviendas alquiladas tenía una jefatura de 60 años o más. Aplicado al total de viviendas alquiladas, eso equivale a más de 50.000 hogares encabezados por personas mayores.

No se trata de personas imprevisoras. Son trabajadoras y trabajadores que pasaron su vida laboral en un país donde el crédito para vivienda se volvió inalcanzable para buena parte de la población, mujeres que dedicaron años al cuido no remunerado y no cotizaron lo suficiente, y personas que vendieron su casa para cubrir enfermedades o deudas familiares. Su condición de inquilinas es el resultado de un mercado y de una política, no de una falla individual.

Una política de vivienda pensada para propietarios

El sistema financiero de vivienda ofrece bonos para que las personas mayores construyan o compren. Pero no existe un subsidio de alquiler para quien, a los 70 años, ya no puede ni quiere endeudarse. Tampoco existen parámetros que vinculen el reajuste de las pensiones más bajas con el costo real de la vivienda. La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Costa Rica, reconoce el derecho a una vivienda digna y adecuada. Sin un instrumento que cubra a quienes alquilan, ese derecho queda reservado para quienes ya tienen título de propiedad.

Termino aquí.

Si la pensión mínima no alcanza para pagar el alquiler de referencia, ¿cuánto tiempo más se medirá la protección social en la vejez sin preguntar dónde vive la persona que la recibe?


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Lea también: Gastos de las familias con personas mayores: entre la subsistencia y la realidad económica y ¿El mismo dinero para dos pensiones?

Eduardo Méndez, Director de www.costaricamayor.com

Nota de fuentes. Índice de Precios al Consumidor de setiembre de 2026 (INEC), según El Financiero (7 de octubre de 2026), y proyección de alquileres del Cenfi; Canasta Básica Alimentaria de setiembre de 2026 (INEC), según Monumental (18 de octubre de 2026); reajuste de la pensión mínima del IVM y situación del RNC según oficio GP-0607-2026 de la Gerencia de Pensiones, reportado por SURCOS Digital (14 de marzo de 2026); tenencia de vivienda según el estudio del Cenfi con datos de la Enaho, reportado por La Nación (13 de agosto de 2026), y el informe Balance y Tendencias del Sector Vivienda 2025 (CFIA-UCR); testimonios de personas mayores recogidos por Costa Rica Mayor; exoneración del pasaje según Teletica (23 de setiembre de 2026); desabastecimiento en farmacias de la CCSS según Semanario Universidad (16 de enero de 2026); reajuste legal de alquileres según La Nación (9 de setiembre de 2026). Los porcentajes y saldos que comparan pensiones, canasta y alquiler son cálculo propio de Costa Rica Mayor.

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