Mis padres alquilan una casa y el inquilino dejó de pagarle. Eso también es un abuso —y tiene cómo denunciarlo

Jun 30, 2026 | Super cuidadores | 0 Comentarios

Autor: Costa Rica Mayor

SU DERECHO HOY. Por: Eduardo Méndez, Abogado.  Director de www.costaricamayor.com

Cuando alguien deja de pagarle a una persona mayor, le daña su propiedad o dispone de su dinero sin permiso, la ley costarricense no lo llama «un mal arreglo». Lo llama violencia patrimonial. Y le da a usted herramientas concretas para detenerla.

Doña Marta tiene 71 años y una casa pequeña en Cartago que heredó de su esposo. Hace tres años la alquiló para completar la pensión. El inquilino pagó puntual los primeros meses; después empezó a atrasarse, luego dejó de pagar del todo, y cuando ella fue a reclamar, encontró las paredes con humedad, una pila quebrada y la promesa de siempre: «la otra semana le pago, doña Marta». Esa semana nunca llegó. Su hija lo supo tarde, porque doña Marta callaba por vergüenza.

Lo que parecía un problema de inquilinos es, en realidad, lo más denunciado

No es un caso aislado. Es de lo que más llega a los consultorios jurídicos que atienden a personas mayores en el país. Si a usted le sorprende, piénselo de nuevo: ¿cuántas personas mayores conoce que completan su pensión con el alquiler de una casa o un cuarto? Detrás de cada una puede haber una historia parecida que nadie cuenta. A ese fenómeno la ley le tiene nombre, y conviene aprenderlo, porque nombrar las cosas es el primer paso para defenderse de ellas.

Qué dice exactamente la ley

La Ley N.° 7935, Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, define en su artículo 2 la violencia contra las personas mayores como cualquier acción u omisión, directa o indirecta, que produzca el menoscabo de su integridad física, sexual, psicológica o patrimonial. Esa última palabra es la que nos importa hoy. El daño económico no es un asunto menor ni un desacuerdo entre particulares: la ley lo equipara a las demás formas de violencia.

El mismo cuerpo legal, en su artículo 3 inciso j), reconoce el derecho de toda persona mayor a la protección jurídica y psicosocial cuando es afectada por violencia física, sexual, psicológica o patrimonial. Y el artículo 6 consagra el derecho a la integridad, que incluye expresamente la protección de su autonomía y su dignidad. Cuando un inquilino se aprovecha de la edad, la confianza o el cansancio de doña Marta para no pagarle, no está incumpliendo solo un contrato: está vulnerando un derecho que el Estado costarricense se comprometió a proteger.

A ese marco se suma la Ley N.° 9394, que aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Costa Rica fue de los primeros países en firmarla, y con ella reconoció que la persona mayor tiene derecho a una vida independiente y autónoma, con seguridad y sin abusos económicos. La protección, entonces, no nace de la buena voluntad de nadie. Nace de la ley.

Qué se puede hacer legalmente

Conviene decirlo de entrada: la columna » Su derecho hoy»  es periodismo de servicio, no asesoría jurídica. Cada caso es distinto y debe consultarse con una persona profesional en derecho, pero también nosotros podemos asesorarle previa cita. Dicho eso, vale la pena que usted sepa, en términos generales, qué caminos legales existen, porque saber que existen ya cambia la conversación con su familiar.

La vía central frente a un inquilino que no paga ni desocupa es el desahucio: un proceso que se tramita ante los tribunales para recuperar la posesión de la casa, y donde la falta de pago es una de las causales más directas. Recuperar el inmueble no borra lo adeudado: los alquileres vencidos pueden reclamarse por separado en un proceso de cobro, y los daños a la propiedad como responsabilidad del inquilino. Por eso importan tanto los comprobantes, las fotografías y, si existe, el contrato.

En paralelo a esas acciones civiles está la denuncia por violencia patrimonial ante CONAPAM. No sustituye al desahucio, pero activa la protección que la Ley N.° 7935 reconoce a su familiar. Y cuando el abuso no viene de un extraño sino de alguien cercano que dispone de su dinero o sus bienes, hay otras herramientas: revocar un poder mal usado, oponerse a un traspaso firmado bajo presión o, en casos de deterioro de la memoria, procesos para salvaguardar la autonomía de la persona. Estos son más delicados y exigen asesoría individual.

Hay algo que conviene transmitirle a su mamá o a su papá con cariño pero con firmeza: por más justa que sea la causa, la persona mayor no debe tomarse la justicia por su mano. Cambiar la cerradura, sacar las cosas del inquilino o cortarle los servicios puede volverse legalmente en su contra. El camino es siempre el juzgado, y para no recorrerlo a solas existe el acompañamiento gratuito.

Cómo reconocer la violencia patrimonial en su familia

La violencia patrimonial casi nunca llega con gritos. Llega despacio, disfrazada de favor, de confianza o de «ya le devuelvo». Reconózcala cuando un inquilino deja de pagar y sigue ocupando la propiedad de su familiar; cuando los recibos de agua o luz están a nombre de alguien ya fallecido y nadie puede reclamar; cuando alguien usa la cuenta o la pensión de su mamá o su papá sin permiso; o cuando se presiona a la persona mayor para que firme un traspaso o un préstamo que no entiende del todo.

Hay un detalle que conviene no perder de vista: muchas veces el daño no viene de un extraño, sino de alguien cercano. Inquilinos de años, vecinos de confianza, incluso miembros de la propia familia. Esa cercanía es justamente lo que hace que la persona mayor calle, por vergüenza, por culpa o por miedo a quedarse sola. Por eso el abuso crece en silencio, y por eso usted —que decide y acompaña— es muchas veces quien primero puede romperlo.

Qué puede hacer hoy, paso a paso

Lo primero es hablar sin juzgar. Si su mamá o su papá le confían que un inquilino no paga o que alguien dispone de su dinero, evite el reproche. La vergüenza ya hizo bastante daño; lo que necesitan ahora es sentir que no están solos. Reúna después lo que tenga a mano: el contrato de alquiler si existe, comprobantes de los pagos que sí se hicieron, mensajes, fotografías de los daños a la propiedad. Esa documentación es la que dará fuerza al reclamo.

Con eso en mano, hay dos puertas que tocar. La primera es el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), el ente rector en esta materia, que recibe denuncias por presuntas violaciones a los derechos de las personas mayores. Puede comunicarse a la línea 1165. La segunda puerta, gratuita, es el Consultorio Jurídico CONAPAM-UCR, que ofrece asesoría legal sin costo en temas civiles, de cuido, sucesorios y de violencia patrimonial, e incluso acompaña a las familias en los procesos de desahucio. Atiende de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 12 m. d., a los teléfonos 2511-15772511-1576 y 2511-1563. La consulta es gratuita; la persona beneficiaria solo asume eventuales peritajes y timbres.

No tiene usted que saber cómo se hace ninguno de estos trámites. Tiene derecho a que alguien con conocimiento legal lo guíe, y ese acompañamiento existe y es gratuito. La barrera, casi siempre, no es la ley. Es no saber que la ley está de su lado.

Termino aquí.

¿A cuántas personas mayores estamos dejando solas porque confundimos un abuso con un simple mal negocio? Si reconoció a su familia en alguna de estas líneas, hoy es buen día para empezar la conversación.

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