Corte Interamericana reconoce el derecho humano al cuidado y protege a las personas cuidadoras

Ago 8, 2025 | Noticias, Recientes, slider noticias, Super cuidadores | 0 Comentarios

Autor: Costa Rica Mayor

San José, 8 de agosto de 2025 | Por: Redacción Costa Rica Mayor

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió la Opinión Consultiva 31/2025, un hito histórico que reconoce de manera explícita la importancia y los derechos de las personas cuidadoras, tanto remuneradas como no remuneradas. Este pronunciamiento establece con claridad que el cuidado es un derecho humano autónomo, esencial para garantizar la vida digna y el bienestar de todas las personas.

La Corte reafirma que quienes brindan cuidados tienen derecho a hacerlo en condiciones justas, sin discriminación y con pleno respeto a sus derechos humanos. Este reconocimiento abarca su bienestar físico, mental, emocional, espiritual y cultural. Además, subraya que el cuidado —ya sea remunerado o no remunerado— debe ejercerse siempre en un entorno que respete la dignidad de la persona cuidadora.

En cuanto a las obligaciones de los Estados, el pronunciamiento señala que deben revertir estereotipos de género que cargan desproporcionadamente sobre las mujeres las tareas de cuidado, afectando su derecho al trabajo, la educación y la seguridad social. También se establece la necesidad de reconocer y visibilizar el aporte económico del trabajo de cuidado no remunerado al Producto Interno Bruto (PIB). Asimismo, se recalca la importancia de garantizar la corresponsabilidad, de manera que el cuidado sea asumido de forma compartida entre el Estado, la sociedad, el mercado y las familias.

Respecto a los derechos laborales y de seguridad social, la Corte dispone que las personas cuidadoras remuneradas deben acceder progresivamente a los mismos derechos que cualquier otro trabajador, incluyendo salarios justos, prestaciones y protección social. Para las personas cuidadoras no remuneradas, se ordena que los Estados aseguren garantías mínimas de seguridad social que protejan su salud, dignidad y derecho al autocuidado.

La Opinión Consultiva también reconoce que tanto quienes cuidan como quienes reciben cuidados tienen derecho a atender sus propias necesidades físicas, mentales, emocionales, espirituales y culturales. Este principio refuerza la necesidad de políticas públicas que contemplen espacios y recursos para el autocuidado.

Con esta decisión, la Corte IDH no solo visibiliza el trabajo de las personas cuidadoras, sino que también obliga a los Estados a construir sistemas integrales de cuidado que sean inclusivos, equitativos y de calidad. Este paso representa un avance fundamental hacia el reconocimiento de un trabajo que sostiene silenciosamente a nuestras familias, comunidades y economías.

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