El delito de agresión psicológica contra las personas adultas mayores: la violencia que no se ve pero deja huella

Oct 13, 2025 | Recientes, Super cuidadores | 0 Comentarios

Autor: Costa Rica Mayor

Por: Eduardo Méndez, Abogado y Director de Costa Rica Mayor

San José, Costa Rica – 13 de octubre del 2025 . En Costa Rica, la violencia contra las personas adultas mayores no siempre deja marcas visibles, pero sus efectos pueden ser devastadores. La agresión psicológica, que se manifiesta en humillaciones, insultos, amenazas, aislamiento o manipulación emocional, es una forma de maltrato que destruye lentamente la autoestima, la tranquilidad y la autonomía de quienes la sufren. Por eso, la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley N.° 7935) la reconoce como un delito penal y establece sanciones claras para quienes la cometen.

Lo que establece la ley

El artículo 60 de la Ley 7935 señala que comete delito quien “por cualquier medio, ejerza presión psicológica destinada a degradar o manipular los comportamientos y las creencias de una persona adulta mayor, cuando de esto resulte perjuicio para su salud psicológica”.

En palabras simples, esto significa que no se trata solo de gritos o discusiones. También es violencia psicológica cuando alguien manipula emocionalmente, ridiculiza, controla o limita la libertad de una persona mayor con el propósito de hacerla sentir inferior o culpable. La ley reconoce que este tipo de maltrato es tan dañino como la violencia física, porque afecta profundamente la salud mental y emocional.

Cuando la humillación se convierte en delito

La Sala de Casación Penal ha resuelto casos en los que se castiga la agresión psicológica contra personas mayores. En una sentencia del 2020 (resolución N.° 2020-01217), se confirmó la condena contra una mujer que agredió verbalmente a una adulta mayor en un espacio público. El tribunal determinó que sus palabras no eran simples ofensas, sino una forma de degradar la dignidad de la víctima.

Para que exista este delito, el acto debe tener una intención clara de manipular, humillar o menospreciar. No se trata de una discusión pasajera, sino de una conducta que busca someter o controlar a la persona adulta mayor, aprovechando su situación de vulnerabilidad.

La violencia psicológica dentro del hogar

La mayoría de los casos de agresión psicológica ocurren dentro de las casas, en relaciones familiares o de cuidado. Son frecuentes las situaciones en que un hijo, hija o cuidador insulta, amenaza o aísla a la persona mayor. También se presentan casos donde se manipula el dinero o los bienes del adulto mayor, o se utiliza la culpa y el miedo para controlar sus decisiones.

La Sala Constitucional ha sido clara: la edad no implica incapacidad, pero sí puede significar una posición de vulnerabilidad que exige protección especial por parte del Estado. En el voto 2008-5412, el tribunal recordó que proteger a las personas mayores frente a cualquier abuso o discriminación es un deber constitucional y moral.

Cómo se solicitan medidas de protección

Cuando una persona adulta mayor sufre violencia, puede pedir ayuda y solicitar medidas de protección. No es necesario hacerlo personalmente: cualquier familiar, vecino, profesional o institución puede presentar la denuncia.

Estas son las instituciones donde puede solicitarse protección: los Juzgados de Violencia Doméstica o Contravencional, la Fiscalía o el OIJ si se trata de un delito grave, las Oficinas de la Persona Adulta Mayor en las municipalidades, el CONAPAM, la CCSS, o las líneas de atención 9-1-1 y 800-800-0645 (INAMU) para casos urgentes.

El proceso judicial es rápido y se divide en tres etapas. Primero, se presenta la denuncia verbal o escrita, explicando los hechos y aportando cualquier prueba disponible, como fotos, informes médicos o testigos. Luego, el juzgado analiza el caso y puede dictar medidas de emergencia en menos de 24 horas si existe riesgo para la vida o la integridad de la persona. Finalmente, se realiza una audiencia donde el juez decide si se mantiene o amplía la protección.

Las medidas pueden incluir la prohibición de acercamiento, desalojo del agresor del hogar, protección policial, tratamiento psicológico obligatorio o incluso la reubicación temporal de la víctima. Estas órdenes pueden durar hasta seis meses y prorrogarse si el riesgo continúa.

Las consecuencias invisibles de la agresión psicológica

El daño psicológico puede ser tan grave como una herida física. Quienes lo sufren suelen presentar ansiedad, depresión, insomnio, pérdida de apetito, desconfianza y retraimiento social. En muchos casos, se agravan enfermedades preexistentes o se acelera el deterioro cognitivo.

Esta forma de violencia destruye la tranquilidad, erosiona la autoestima y puede llevar a la persona a sentirse sin valor ni propósito. Por eso, identificarla y denunciarla es una responsabilidad de toda la sociedad.

Una reflexión necesaria

La agresión psicológica contra las personas adultas mayores no es un asunto privado: es una violación a los derechos humanos. Marcar un límite claro entre el respeto y la humillación es una tarea de todos. La dignidad no se jubila, y ninguna persona debería vivir sus años mayores sintiendo miedo, culpa o vergüenza.

Proteger la salud mental y emocional de las personas mayores no es solo una obligación legal, sino un acto de humanidad. Costa Rica avanza hacia una sociedad más longeva, y con ello crece también la responsabilidad de construir entornos familiares, comunitarios e institucionales donde el respeto, la empatía y la ternura sean la norma y no la excepción.

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